Ejecutivo establece nuevo reglamento para el registro de vehículos y remolques.

En un esfuerzo por mejorar la regulación y el control de los vehículos de motor y remolques en la República Dominicana, el presidente de la República, Luis Abinader, emitió recientemente el Decreto 420-23. Este nuevo decreto tiene como objetivo principal establecer los procedimientos que regirán el Registro Nacional de Vehículos de Motor y Remolques (Rnvmr) y modificar el registro existente. A continuación, examinaremos las principales disposiciones de este decreto y su impacto en el ámbito de la movilidad, el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial.

Registro Nacional de Vehículos de Motor y Remolques (Rnvmr)

El Rnvmr es una base de datos crucial que abarca desde el artículo 4 hasta el artículo 18 del Decreto 420-23. Este registro es supervisado y administrado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y tiene como objetivo principal la inscripción de vehículos de motor y remolques. Cada entrada en este registro incluye información detallada sobre el propietario, ya sea una persona física o jurídica.

Una de las disposiciones más relevantes del decreto es la obligación de las personas físicas y jurídicas de inscribir en el Rnvmr todos los vehículos de motor y remolques de los cuales sean propietarios. Esta medida busca garantizar la trazabilidad y el control de estos vehículos, lo que es fundamental para mantener un sistema de transporte seguro y ordenado.

Emisión, Renovación y Revocación de Licencias

El Decreto 420-23 también establece pautas claras para la emisión, renovación y revocación de licencias para concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor y remolques. La normativa contempla tres categorías de licencias en relación con la comercialización de estos vehículos: licencia de concesionario importador, licencia de distribuidor importador y licencia de vendedor o comercializador.

Para las personas jurídicas y físicas que deseen dedicarse a la importación y comercialización de vehículos de motor y remolques, es fundamental obtener la licencia correspondiente antes de iniciar sus operaciones. Estas licencias, emitidas por la DGII, tienen una vigencia de cinco años y están sujetas a renovación. El incumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento puede llevar a la suspensión de estas licencias, lo que destaca la importancia de cumplir con las regulaciones establecidas.

Clasificación de Placas

Otro aspecto relevante del decreto es la clasificación de las placas o chapas que identifican a los vehículos de motor y remolques. Esta clasificación se realiza de acuerdo con el artículo 162 de la Ley número 63-17, que aborda la clasificación de las placas o tablillas que exhiben el número de registro asignado a un vehículo de motor o remolque. Desde placas comerciales hasta estatales, esta clasificación permite una identificación clara y eficiente de los vehículos en las vías públicas.

Sanciones por Incumplimiento

El Decreto 420-23 es claro en cuanto a las sanciones por incumplimiento de sus disposiciones. Las violaciones a este reglamento serán sancionadas siguiendo los criterios de gradualidad establecidos en el artículo 285 de la Ley número 63-17, así como en el Código Tributario, la Ley número 155-17 y otras disposiciones legales aplicables. El funcionario actuante de la DGII levantará un acta en la que se registrarán los datos del infractor, la falta cometida y la norma legal tributaria infringida.

Entrada en Vigor del Reglamento

Es importante destacar que este reglamento entrará en vigor después de su publicación en la Gaceta Oficial, una vez transcurridos los plazos establecidos en la Constitución de la República y el Código Civil Dominicano. Esto asegura que las partes involucradas tengan tiempo suficiente para familiarizarse con las nuevas regulaciones y ajustar sus operaciones en consecuencia.

En resumen, el Decreto 420-23 emitido por el presidente Luis Abinader representa un paso significativo hacia una regulación más efectiva de los vehículos de motor y remolques en la República Dominicana. Con disposiciones que abarcan desde el registro hasta las licencias y sanciones por incumplimiento, este reglamento busca promover la seguridad vial y el orden en el ámbito del transporte terrestre. Su implementación adecuada contribuirá a un sistema de movilidad más seguro y eficiente para todos los ciudadanos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

es_ESSpanish